jueves, 3 de enero de 2019

DECRETO por el que se otorga la Medalla al Mérito Cívico "Eduardo Neri, Legisladores de 1913", correspondiente al Primer Año de Ejercicio de la LXIV Legislatura, a la C. María del Rosario Ybarra de la Garza.


Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Poder Legislativo Federal.- Cámara de Diputados.

LA CÁMARA DE DIPUTADOS CON FUNDAMENTO EN LA FRACCIÓN I DEL ARTÍCULO 77 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, DECRETA:
SE OTORGA LA MEDALLA AL MÉRITO CÍVICO "EDUARDO NERI, LEGISLADORES DE 1913", CORRESPONDIENTE AL PRIMER AÑO DE EJERCICIO DE LA LXIV LEGISLATURA, A LA C. MARÍA DEL ROSARIO YBARRA DE LA GARZA
Artículo Primero. La Cámara de Diputados de la LXIV Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, otorga la Medalla al Mérito Cívico "Eduardo Neri, Legisladores de 1913", correspondiente al Primer Año de Ejercicio, a la C. María del Rosario Ybarra de la Garza.
Artículo Segundo. La Medalla al Mérito Cívico "Eduardo Neri, Legisladores de 1913", un pergamino alusivo al dictamen de la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, por el que se decide quien será la persona galardonada, suscrito por los integrantes de la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados y, una suma de dinero equivalente a tres veces la dieta mensual de un ciudadano diputado, se entregarán a la C. María del Rosario Ybarra de la Garza, en Sesión Solemne que se celebrará el día y hora que acuerde la Junta de Coordinación Política, en el Salón de Sesiones del Recinto Legislativo de San Lázaro.
Artículo Tercero. La Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, por conducto de su Presidente, informará a la candidata que ha resultado elegida, respecto de la decisión de esta Asamblea, el día de la aprobación del dictamen en el Pleno.
Artículo Cuarto. En la Sesión Solemne a que se refiere el artículo segundo, podrán hacer uso de la palabra, una diputada o diputado que sea integrante de la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, la persona homenajeada y el Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados. La Junta de Coordinación Política acordará los tiempos de las intervenciones, así como el orden en que intervendrán los oradores.
Artículo Quinto. El protocolo que rija dicha Sesión Solemne será definido por la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.
Artículo Sexto. El presente Decreto será publicado en la Gaceta Parlamentaria de la Cámara de Diputados, en el Diario Oficial de la Federación y en tres diarios de circulación nacional.
Transitorio
Único.- El presente Decreto entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
SALÓN DE SESIONES DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL HONORABLE CONGRESO DE LA UNIÓN.- Ciudad de México, a 21 de diciembre de 2018.- Dip. Porfirio Muñoz Ledo, Presidente.- Rúbrica.- Dip. Lilia Villafuerte Zavala, Secretaria.- Rúbrica.
 
 

 

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