martes, 8 de enero de 2019

ACUERDO por el que la Secretaria de Gobernación delega atribuciones.


Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.- Secretario.

OLGA MARÍA DEL CARMEN SÁNCHEZ CORDERO DÁVILA, Secretaria de Gobernación, con fundamento en los artículos 14, 16 y 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 5, 9 y 11 fracción II de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública; así como 1, 2 y 4 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, y
CONSIDERANDO
Que el artículo 14 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal establece que los Secretarios de Estado, para el despacho de los asuntos de su competencia, podrán auxiliarse, entre otros servidores públicos, por Subsecretarios, Oficial Mayor, Directores, Subdirectores, Jefes y Subjefes de Departamento, oficina, sección y mesa, y por los demás funcionarios que establezca el reglamento interior respectivo y otras disposiciones legales;
Que el artículo 16 de la citada Ley Orgánica dispone que corresponde originalmente a los titulares de las Secretarías de Estado el trámite y resolución de los asuntos de su competencia, previendo la posibilidad de delegar sus facultades para la mejor organización del trabajo, con excepción de aquellas que, por disposición de la ley o de reglamento interior, deban ser ejercidas expresamente por dichos titulares;
Que con fecha 30 de noviembre de 2018, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, entre éstas el artículo 27 que establece las atribuciones de la Secretaría de Gobernación;
Que conforme al artículo 11, fracción II de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, los sujetos obligados deberán designar al Titular de la Unidad de Transparencia, que dependerá directamente del titular del sujeto obligado, y
Que para el ejercicio eficaz y eficiente de las atribuciones conferidas en el Reglamento Interior de esta dependencia y en otras disposiciones legales, se requiere delegar las atribuciones en los servidores públicos que a continuación se mencionan, he tenido a bien expedir el siguiente
ACUERDO POR EL QUE LA SECRETARIA DE GOBERNACIÓN DELEGA ATRIBUCIONES
Artículo 1. Se delegan en el Subsecretario de Gobierno, las atribuciones señaladas en los artículos 17, 18, 19, 20, 32, 33 y 34 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación.
Artículo 2. Se delegan en el Subsecretario de Derechos Humanos, las atribuciones señaladas en los artículos 21 y 22 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación.
Artículo 3. Se delega en la Subsecretaria de Prevención y Participación Ciudadana, la atribución señalada en el artículo 23 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación.
Artículo 4. Se delegan en el Titular de la Unidad General de Asuntos Jurídicos, la atribución de coordinar la atención de las solicitudes de acceso a la información y de protección de datos personales, así como del cumplimiento de las demás obligaciones en materia de transparencia y acceso a la información, en los términos de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y demás normatividad aplicable.
Artículo 5. La delegación de facultades a que se refiere el presente Acuerdo, no excluye la posibilidad de su ejercicio directo por la suscrita.
TRANSITORIO
ÚNICO. El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Dado en la Ciudad de México, a 3 de enero de 2019.- La Secretaria de Gobernación, Olga María del Carmen Sánchez Cordero Dávila.- Rúbrica.

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