Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva del Pleno.
ACUERDO GENERAL 14/2020, DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, QUE REFORMA EL SIMILAR 5/2020, RELATIVO A LAS MEDIDAS DE CONTINGENCIA EN LA ÁREAS ADMINISTRATIVAS DEL PROPIO CONSEJO POR EL FENÓMENO DE SALUD PÚBLICA DERIVADO DEL VIRUS COVID-19, EN RELACIÓN CON EL PERIODO DE VIGENCIA.
CONSIDERANDO
PRIMERO. La administración, vigilancia, disciplina y carrera judicial del Poder Judicial de la Federación, con excepción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y el Tribunal Electoral del mismo, corresponde al Consejo de la Judicatura Federal, con fundamento en los artículos 94, segundo párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 68 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación;
SEGUNDO. De conformidad con el artículo 100, primer párrafo constitucional, el Consejo de la Judicatura Federal es un órgano del Poder Judicial de la Federación con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones;
TERCERO. Es facultad del Consejo de la Judicatura Federal emitir acuerdos generales para el adecuado ejercicio de sus funciones, de conformidad con lo previsto en los artículos 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 81, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación;
CUARTO. En respuesta al brote del virus COVID-19 y partiendo de las mejores prácticas en la materia, especialmente las derivadas de recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud, el Consejo de la Judicatura Federal adoptó medidas preventivas de riesgos laborales y acciones para promover y vigilar su cumplimiento en los centros de trabajo, así como de protección al público en general, por lo cual, en sesión extraordinaria celebrada el 17 de marzo de 2020, emitió el Acuerdo General 5/2020, relativo a las medidas de contingencia en las áreas administrativas del propio Consejo por el fenómeno de salud pública derivado del virus COVID-19;
QUINTO. En el ámbito del Poder Ejecutivo Federal, el Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, el Consejo de Salubridad General y el Secretario de Salud han emitido diversos acuerdos para hacer frente a la epidemia generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19), dentro de las cuales destaca la adopción de medidas estrictas de distanciamiento social y de esquemas para asegurar la continuidad de las actividades catalogadas como esenciales, dentro de las que se incluyó a la procuración e impartición de justicia;
SEXTO. El Consejo de la Judicatura Federal ha adoptado medidas que permiten prevenir riesgos laborales y acciones que promueven la protección de la salud de sus trabajadores y del público en general, en el marco de las medidas de contingencia emitidas tanto por el Consejo de Salubridad General como por la Secretaría de Salud, derivado del virus COVID-19, así como los plazos de vigencia de éstas, a través de los Acuerdos Generales 5/2020, 7/2020, 9/2020 y 11/2020;
SÉPTIMO. El Secretario de Salud emitió el Acuerdo por el que se establece una estrategia para la reapertura de las actividades sociales, educativas y económicas, así como un sistema de semáforo por regiones para evaluar semanalmente el riesgo epidemiológico relacionado con la reapertura de actividades en cada entidad federativa, así como se establecen acciones extraordinarias, publicado en el Diario Oficial de la Federación del 14 de mayo de 2020; y
OCTAVO. Debido a que se ha mantenido el semáforo epidemiológico en color rojo en la mayoría de Circuitos, especialmente en la Ciudad de México que es donde se concentra la mayoría de oficinas y del personal del Consejo de la Judicatura Federal, y en consecuencia hasta este momento no se ha acordado el reinicio de actividades por parte de las autoridades correspondientes, resulta conveniente ampliar el plazo de vigencia de las medidas adoptadas para hacer frente a la contingencia sanitaria hasta el 30 de junio de 2020, dando seguimiento a la evaluación que las autoridades sanitarias realicen en cada entidad federativa, garantizando con ello el menor riesgo epidemiológico en sus trabajadores y público en general.
En consecuencia, con fundamento en los párrafos primero y séptimo del artículo 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los artículos 68 y 81 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; en los artículos 140, 141 y 184 de la Ley General de Salud, y en el Acuerdo por el que se establecen acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2, este Pleno del Consejo de la Judicatura Federal expide el siguiente
ACUERDO
ÚNICO. Se reforma el artículo 1 del Acuerdo General 5/2020 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a las medidas de contingencia en las áreas administrativas del propio Consejo por el fenómeno de salud pública derivado del virus COVID-19, para quedar como sigue:
"Artículo 1. Con la finalidad de evitar la concentración de personas y, con ello, la propagación del virus, las labores de las áreas administrativas del Consejo de la Judicatura Federal se sujetarán a las siguientes modalidades durante el período comprendido del 18 de marzo al 30 de junio de 2020."
TRANSITORIOS
PRIMERO. El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su aprobación.
SEGUNDO. Publíquese en el Diario Oficial de la Federación, en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, en el Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes, así como en el portal del Consejo de la Judicatura Federal en intranet e internet.
EL LICENCIADO ARTURO GUERRERO ZAZUETA, SECRETARIO EJECUTIVO DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, CERTIFICA: Que este Acuerdo General 14/2020, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reforma el similar 5/2020, relativo a las medidas de contingencia en la áreas administrativas del propio Consejo por el fenómeno de salud pública derivado del virus COVID-19, en relación con el periodo de vigencia, fue aprobado por el Pleno del Consejo, en sesión extraordinaria de 8 de junio de 2020, por unanimidad de votos de los señores Consejeros: Presidente Ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, Bernardo Bátiz Vázquez, Jorge Antonio Cruz Ramos, Eva Verónica de Gyvés Zárate, Alejandro Sergio González Bernabé, Sergio Javier Molina Martínez y Loretta Ortiz Ahlf.- Ciudad de México, a 8 de junio de 2020.- Conste.- Rúbrica.
Fuente: Diario Oficial de la Federación
No hay comentarios.:
Publicar un comentario