lunes, 6 de febrero de 2017

MAESTRÍA SISTEMA DE JUSTICIA ADVERSARIAL (juicios orales)

CARACTERÍSTICAS DE LA ORALIDAD

En la doctrina, suele ser frecuente entender que estamos ante un proceso oral cuando existe un predominio de la palabra hablada como medio de expresión, si bien puede atenuarse por el uso de escritos de alegaciones y de documentación, por lo que debemos analizar la concreta regulación de cada procedimiento para advertir la vigencia del principio de oralidad.

El artículo 8.1 de la Convención Americana de Derechos Humanos, dispone
como hipótesis que la "oralidad" es un elemento esencial del debido proceso en la justicia civil, mercantil, familiar y penal, ya que se deriva del derecho a ser oído.

El principio de oralidad se encuentra intrínsecamente contenido en el artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, cuya garantía efectiva se realiza a través de la oralidad.

Del procedimiento oral, se deriva el principio de inmediación, y por lo tanto del "derecho a ser oído" directamente por el juez, implica la existencia de mecanismos orales, tradicionalmente establecidos como audiencias, en los que la presencia del juez es inelulible y es quien  debe recepcionar la prueba (interrogatorio) de manera directa. 

La interpretación del “derecho a ser oído” como el derecho la audiencia que integra el debido proceso se fundamenta también en la creación de juzgados y tribunales que proporcionen al justiciable el derecho a una audiencia oral, en la que se le permita comparecer en persona o a través de representante.

El plan y programa académico de la Maestría en Sistema de Justicia Adversarial se encuentra diseñado en tres etapas: Básica, Complementaria y Profesional.

El estudiante analizará los conceptos jurídicos fundamentales que son base de los juicios orales y posteriormente la oralidad en las materias civil, mercantil, familiar y penal.




jueves, 26 de enero de 2017



La Escuela Libre de Derecho del Estado de Hidalgo, comparte su calendario de actividades para los meses de enero, febrero, marzo y abril de este año.

En este calendario incluimos actividades dirigidas a estudiantes, académicos y profesionales de las carreras de derecho y criminalística, así como a servidores públicos y el público en general interesado en la ciencia del derecho.

Entre las actividades contamos con los "Viernes de aprendizaje y diversión" que se realizan los últimos viernes de cada mes y son organizados por la Coordinación Socio-Cultural de la Escuela Libre de Derecho del Estado de Hidalgo, dirigidos a niñas y niños de cinco a doce años, que los últimos viernes de cada mes, no tienen clases, presentando una opción para los padres, en la cual los pequeños podrán convivir con otros niños, así como aprender sobre la cultura de la legalidad además de la participación cívica y el respeto hacía las instituciones, contando con la participación de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo, la Secretaría de Seguridad Pública y Tránsito del Municipio de Pachuca de Soto, la Policía Industrial Bancaria del Estado de Hidalgo, el Heroico Cuerpo de Bomberos de Pachuca de Soto.


lunes, 12 de diciembre de 2016

PADRE DE LA CRIMINALISTICA


PADRE DE LA CRIMINALISTICA

EL AUSTRIACO JOHANN BAPTIST GUSTAV GROSS
HANS GROSS

Nació en Graz, en Austria el 12 de diciembre de 1847 y falleció en su ciudad natal el 5 de diciembre de 1915.
En 1869 comienza su carrera como juez de instrucción y a lo largo de los siguientes 20 años recopiló, sistematizó y volcó toda su experiencia e ideas en su manual “Handbuch für Untersuchungsrichter als System der Kriminalistik” (Manual del Juez como Sistema de Criminalística), que se publicó en 1893.
En este manual de experiencias se utilizó por primera vez el término de Criminalística, por ello se considera como el padre de la criminalística.
En el, describía como “Criminalística” a ese cúmulo de conocimientos, auxiliares del derecho, que definía como “el análisis sistemático de las huellas dejadas por el culpable”, virando la metodología de la investigación del hecho a los datos que aportaban las evidencias físicas, mucho más confiable que el testimonio de testigos.

A estos conocimientos los separó en 15 especialidades ó ramas, a saber: Antropometría, Argot Criminal, Contabilidad, Criptografía, Dibujo Forense, Documentoscopía, Explosivos, Fotografía, Grafología, Hechos de Tránsito Ferroviario, Hematología, Incendios, Interrogatorio, Medicina Legal y Química Legal.