jueves, 28 de junio de 2018

Candidatos proceso electoral 2017-2018


Han pasado ya tres meses de campaña -y varios más de precampaña- todo se decidirá en las urnas este próximo domingo 1 de julio. El voto no sólo es un derecho, sino una obligación. Los 89.1 millones de mexicanos inscritos a la lista nominal podrán acudir a alguna de las mil 54 casillas, donde recibirán desde tres boletas (para elegir a Presidente, diputados federales y senadores) hasta seis boletas (en aquellos estados donde también se celebren votaciones locales).

Baja California y Nayarit son los únicos dos estados que tendrán solamente elecciones federales

Además, ésta será la primera vez que la Ciudad de México tendrá elecciones bajo su nueva organización política y su propia constitución.

Para conocer los perfiles de los candidatos presidenciales, a senadores y diputados federales de las 32 entidades, puedes consultar el portal del Instituto Nacional Electoral (INE) o la plataforma ciudadana Saber Votar.

Mientras que para revisar los candidatos de tu estado, Verificado 2018 presenta este mapa interactivo donde podrás conocer por qué cargos se votará este 1 de julio, cuántas boletas recibirás en la casilla y los nombres de los candidatos que contienden en estas elecciones, este mapa puede ser consultado en el siguiente link:

Así mismo, el Instituto Estatal Electoral (Hidalgo) comparte una lista de las fórmulas de candidatas y candidatos registradas por los partidos políticos, coaliciones y candidatura común que contenderán el próximo domingo en la elección de diputados locales del proceso electoral local 2017-2018.  

Fuente:
  • Instituto Estatal Electoral (Hidalgo)
  • Sitio web Verificado 2018.

martes, 26 de junio de 2018

ACUERDO CCNO/15/2018 de la Comisión de Creación de Nuevos Órganos del Consejo de la Judicatura Federal, relativo al cambio de domicilio del Primer Tribunal Unitario del Vigésimo Noveno Circuito.


Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva de Creación de Nuevos Órganos.

ACUERDO CCNO/15/2018 DE LA COMISIÓN DE CREACIÓN DE NUEVOS ÓRGANOS DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, RELATIVO AL CAMBIO DE DOMICILIO DEL PRIMER TRIBUNAL UNITARIO DEL VIGÉSIMO NOVENO CIRCUITO.
CONSIDERANDO
PRIMERO. En términos de lo dispuesto por los artículos 94, párrafo segundo; 100, párrafos primero y octavo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 68 y 81, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Consejo de la Judicatura Federal es el órgano encargado de la administración, vigilancia, disciplina y carrera judicial de los Tribunales de Circuito y Juzgados de Distrito, con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones; además, está facultado para expedir acuerdos generales que permitan el adecuado ejercicio de sus funciones;
SEGUNDO. El artículo 17, párrafo segundo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes; y
TERCERO. De conformidad con el artículo 42, fracción VIII, del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo, la Comisión de Creación de Nuevos Órganos tiene la facultad para acordar las acciones tendentes a la adecuada y pronta instalación y cambio de domicilio de los órganos jurisdiccionales, entendido este último, como el cambio de ubicación del órgano jurisdiccional dentro de la misma ciudad o localidad en que se encuentra; para lo cual se dará aviso a la Comisión de Administración.
Por lo anterior se expide el siguiente:
ACUERDO
Artículo 1. Se autoriza el cambio de domicilio del Primer Tribunal Unitario del Vigésimo Noveno Circuito.
Artículo 2. El nuevo domicilio del órgano jurisdiccional indicado en el artículo anterior, será en el Centro de Justicia Penal Federal, ubicado en calle San Luis número 1007, colonia San Bartolo, código postal 42039, Pachuca, Hidalgo.
Artículo 3. El órgano jurisdiccional señalado en el artículo 1 de este Acuerdo, iniciará funciones en su nuevo domicilio el dos de julio de dos mil dieciocho.
Artículo 4. A partir de la fecha señalada en el artículo anterior, toda la correspondencia, trámites y diligencias relacionadas con los asuntos de la competencia del Primer Tribunal Unitario del Vigésimo Noveno Circuito, deberán dirigirse y realizarse en el domicilio señalado en el artículo 2 de este Acuerdo.
TRANSITORIOS
PRIMERO. El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su aprobación, con excepción de lo dispuesto en los Transitorios SEGUNDO Y TERCERO, los cuales iniciarán su vigencia a partir de la aprobación del citado Acuerdo.
SEGUNDO. Publíquese este Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación, en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, así como en el portal del Consejo de la Judicatura Federal en internet.
TERCERO. El órgano jurisdiccional de que se trata, deberá colocar avisos en lugares visibles con relación al cambio de domicilio.
EL MAGISTRADO JOSÉ MANUEL VILLEDA AYALA, SECRETARIO EJECUTIVO DE CREACIÓN DE NUEVOS ÓRGANOS DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, CERTIFICA: Que este Acuerdo CCNO/15/2018 de la Comisión de Creación de Nuevos Órganos del Consejo de la Judicatura Federal, relativo al cambio de domicilio del Primer Tribunal Unitario del Vigésimo Noveno Circuito, fue aprobado por la propia Comisión en sesión privada ordinaria celebrada el once de junio de dos mil dieciocho, por los señores Consejeros:
Presidenta Martha María del Carmen Hernández Álvarez, Felipe Borrego Estrada y J. Guadalupe Tafoya Hernández.- Ciudad de México, a once de junio de dos mil dieciocho.- Conste.- Rúbrica.
 

lunes, 25 de junio de 2018

El Pensamiento Crítico y el Derecho.



Es importante mencionar que el Pensamiento Crítico es una forma de razonamiento disciplinado y auto-dirigido, de manera cuestionada y reflexiva, que centra a la inteligencia sobre la solución de problemas. Dicho proceso intelectual se logra mediante la interpretación, el análisis, la inferencia y la evaluación de la información y el conocimiento previo que se posee; habilidades cognitivas, que los expertos consideran esenciales.  


De ahí que el Pensamiento Crítico esté vinculado directamente con la generación de argumentos no sólo válidos, sino auténticamente verdaderos, comprendidos mediante una lógica razonable.
Tenemos entonces que el, Pensamiento Crítico es una herramienta pedagógica idónea para desarrollar mejor la inteligencia creativa, sobre todo en aquéllas personas que, por la calidad específica de su labor, desarrollan una actividad de tipo intelectual resolutiva de problemas, entre ellas, desde luego, la del jurista, quien, como pensador crítico, genera una mente auténticamente jurisprudencial.



El Derecho es una disciplina cambiante, inserta en la dinámica social, dentro de la cual se van generando nuevas rutas para los sistemas normativos, pero a la vez, nuevos retos para la justicia. Los problemas se presentan cada vez más complejos para el conocimiento del Derecho, puesto que son muchas las disciplinas que lo ilustran e influyen en su creación.


El Derecho exige el desarrollo de una argumentación adecuada para que cumpla a cabalidad su principal vocación que es la de resolver con justicia las aporías que de cierta manera rompen el orden social.



El abordar al Pensamiento Crítico como una herramienta pedagógica permite entender que el Derecho no es el conocimiento sólo de la ley o sólo de la teoría, sino que se conjuntan en una perfecta armonización práctica, porque motiva en el docente la importancia de incentivar la reflexión creativa y, en el estudiante, la trascendencia de educar su criterio con bases sólidas y bien razonadas.


Mediante el empleo de la lógica y la argumentación, el Pensamiento Crítico proporciona una serie de herramientas mentales para que el sujeto cognoscente enfrente adecuadamente los problemas cotidianos.


Se ha demostrado desde la psicología que una persona crítica y reflexiva no se hace de la nada, sino que va madurando su pensamiento mediante la práctica y el estudio; y el Derecho no es ajeno a esta perspectiva. Si se educa con esta visión al jurista desde sus primeros contactos con la ciencia jurídica, se logrará fomentar en él una capacidad reflexiva, analítica, indagatoria de la realidad y abierta de criterio hacia los nuevos itinerarios sociales. El Pensamiento Crítico como disciplina cognitiva, permite dotar de estos instrumentos racionales mediante el fomento del uso de las facultades racionales como el primer instrumento en la solución de los problemas reales. El estudio de la ley debe ser, ante todo, comprensivo, atendiendo al contexto interpretativo en el cual se inserta dentro del problema concreto a resolver. Pensar críticamente así al Derecho, es verlo en plenitud interpretativa para conjuntar una armonía argumentativa.

Debemos tener en cuenta que el Pensamiento Crítico es fundamental como instrumento de investigación, por lo tanto, constituye una herramienta que el jurista puede y debe utilizar para el desarrollo de sus actividades, ya sea como académico o postulante; por lo que podemos concluir que "Un abogado es tan bueno, como los argumentos que exponga"

Es por ello que los invitamos a incorporarse al Curso-Taller intitulado "El Pensamiento Crítico y el Derecho", que será impartido por Hectór López Bello, quien cuenta con estudios de Especialidad en Filosofía por la Universidad Panamericana; Maestría en "Estudios Avanzados de derecho e investigación jurídica por la Universidad Rey Juan Carlos, Madrid, España; estudios de Doctorado por la Universidad Rey Juan Carlos, Madrid, España.

Ponente en seminarios y congresos de Filosofía del Derecho en México y en el extranjero, así como en cursos sobre interpretación y argumentación jurídica; teoría de los derechos humanos; historia y fundamentos filosóficos de la constitución mexicana, en diversas Casas de la Cultura Jurídica de la SCJN.
Docente a nivel licenciatura y posgrado en la Universidad Panamericana, Escuela Libre de Derecho de la Cd. de México, la Universidad Anáhuac, INADEJ, Escuela Judicial del Instituto de la Judicatura Federal y ELDEH.




Fuentes:
*LÓPEZ BELLO, Héctor, "El Pensamiento Crítico como base epistemológica para la enseñanza de la Argumentación Jurídica".

*FACIONE PETER, "Pensamietno Crítico: ¿Qué es y por qué es importante?"
 

 

 
 
 
 



DECRETO por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, en materia de elección de personas juzgadoras del Poder Judicial de la Federación.

  Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República. CLAUDIA SHEINBAUM PARDO , Pre...